Las sumas fijas no remunerativas de $ 1200 por única vez que seran otorgadas con los sueldos de los meses de julio y noviembre. Deberán ser liquidadas en su totalidad sin importar las jornada laboral pactada.

En respuesta a las consultas realizadas sobre la interpretación del art 2 del acuerdo abril 2014 homologada mediante resolución S.T. N° 626/14 la federación hace saber  su posición frente a la proporcionalidad de la misma o no respecto a la jornada laboral cumplida.

Como en dicho art. no menciona proporcionalidad alguna ,al definirse los importes como asignación no remunerativa,se lo expresa en su real acepción,lo no remunerativo es una asignación que no depende de la contraprestación de tareas alguna,por esta no hay proporcionalidad alguna .

Por lo tanto en virtud de lo expresado se deja resuelto en forma clara que las sumas de $ 1200 no son proporcionales y corresponde a cada trabajador no importando la jornada laboral pactada 

Circular asignacion no renumerativa $ 1200 FAECYS